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En Marruecos, el sistema tributario se caracteriza por su diversidad y complejidad, especialmente en lo que respecta al impuesto sobre las sociedades (IS). Este impuesto es aplicable principalmente a los beneficios realizados por las sociedades, incluidas las sociedades de responsabilidad limitada (SARL) y las sociedades anónimas (SA). Además, se extiende a una amplia gama de entidades, como establecimientos públicos, asociaciones y organismos que realizan operaciones con fines lucrativos, y más. Con un régimen tributario en constante evolución, es crucial comprender cómo se tributa en Marruecos para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales y aprovechar posibles beneficios.
El sistema tributario marroquí establece que el impuesto sobre las sociedades se calcula de manera proporcional a los beneficios obtenidos. La tasa varía según el monto de beneficio generado por la empresa:
La base imponible para el cálculo del IS se determina sumando el excedente de productos, ganancias y beneficios sobre los gastos incurridos en la operación de la empresa. Es importante destacar que los déficits pueden ser reportados y compensados en un plazo máximo de cuatro años fiscales.
Para determinar la base imponible, el primer paso es ajustar el resultado contable. Esto implica integrar las cargas no deducibles y deducir los productos no imponibles, lo que requiere un conocimiento detallado de lo que la ley considera como deducible o no.
El impuesto sobre las sociedades en Marruecos generalmente se paga a través de cuatro pagos provisionales, cada uno correspondiente al 25% del monto total adeudado por el ejercicio fiscal anterior.
Las entidades que incumplen con sus obligaciones fiscales se enfrentan a sanciones. Esto incluye multas por presentación tardía de declaraciones, falta de depósito o depósito tardío de documentos relevantes, imposición establecida por defecto en caso de no presentación de declaraciones, o por declaraciones incompletas o insuficientes. La ley prevé una majoración del 15% en estos casos.
Todas las sociedades, incluyendo SARL y SA, así como establecimientos públicos, asociaciones y organismos que realicen operaciones con fines de lucro, están sujetos al impuesto sobre las sociedades.
La base imponible se calcula sumando los excedentes de productos, ganancias y beneficios sobre los gastos operativos de la empresa, ajustando por cargas no deducibles y productos no imponibles.
Las sanciones incluyen una majoración del 15% por presentación tardía de declaraciones, falta de depósito o depósito tardío de documentos, y en casos de declaraciones incompletas o insuficientes.
Sí, los déficits fiscales pueden ser reportados y compensados en un plazo máximo de cuatro años fiscales.
Para obtener información detallada y actualizada sobre el sistema tributario marroquí, se recomienda visitar sitios web oficiales como el de la Administración General de Impuestos de Marruecos y consultar a profesionales especializados en derecho fiscal marroquí.